Marco Jurídico
Marco Jurídico
- Conocida como la carta internacional de derechos para las mujeres. Define lo que constituye discriminación y establece una agenda nacional para acabar con ella.
Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 (ODS 5)
- Incluido en la Agenda 2030, busca lograr la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas a nivel mundial.
- Es el primer instrumento jurídico vinculante en Europa que establece un marco integral para prevenir, proteger y perseguir la violencia de género. Obliga a los Estados a promover cambios en los comportamientos socioculturales para erradicar prejuicios y costumbres y tradiciones que justifican la violencia, promoviendo la educación en igualdad. Penaliza diversas formas de violencia, incluyendo el acoso (stalking), la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, y el aborto o esterilización forzados.
Constitución Española de 1978.
- En su artículo 14, proclama la interdicción de la discriminación por razón de sexo. En su artículo 9.2, encomienda a los poderes públicos la garantía de la igualdad real y efectiva. En su artículo 39.2 se establece que “la ley posibilitará la investigación de la paternidad”.
- Hito fundamental en la legislación española. Su enfoque destaca por ser integral y multidisciplinar, desde el ámbito preventivo, educativo, sanitario, laboral, social y judicial.
Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida.
- Las técnicas pueden aplicarse a cualquier mujer mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar, independientemente de su estado civil u orientación sexual. La donación es un acto altruista y confidencial. La identidad de los y las donantes debe ser preservada por los bancos de gametos. Se trata de una de las normas que participa de la prohibición de la gestación subrogada en España, considerándola una forma de violencia reproductiva contra la mujer: el artículo 10 declara nulos de pleno derecho los contratos de gestación por sustitución (“maternidad subrogada”), sea esta onerosa o gratuita; la filiación de los hijos e hijas nacidas siempre se determina por el parto.
Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Obliga a que los poderes públicos integren el principio de igualdad de trato y oportunidades en todas sus políticas y acciones. Establece la obligatoriedad de negociar y aplicar Planes de Igualdad en empresas, regulando su diagnóstico, objetivos y medidas. Exige a las empresas promover condiciones laborales que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, obligando a diseñar protocolos de actuación. Introduce medidas innovadoras para proteger el ejercicio de los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Fomenta el equilibrio entre mujeres y hombres en los nombramientos de altos cargos, administración y listas electorales.
- Establece el aborto libre por plazos (hasta la semana 14) y posterior por causas médicas. Obliga a los poderes públicos a incluir la educación afectivo-sexual en los centros educativos y a garantizar el acceso a métodos anticonceptivos.
Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
- Considera el consentimiento como eje central. Se suprime la distinción entre abuso (sin violencia o intimidación) y agresión sexual. Todas las conductas que atenten contra la libertad sexual sin consentimiento pasan a ser consideradas agresión sexual. Se castigan aquellas conductas que generan un entorno intimidatorio, hostil o humillante mediante expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales. Se introduce de forma expresa la sumisión química y el uso de drogas o fármacos para anular la voluntad de la víctima como agravante
- Conocida como la "Ley de Paridad", obliga a las instituciones públicas y a las grandes empresas a garantizar que ningún sexo supere el 60% ni sea inferior al 40% en sus órganos de decisión. Las listas electorales deben elaborarse con una composición "cremallera" (alternando hombres y mujeres) en todas las convocatorias. El principio de paridad aplica al Tribunal Constitucional, Consejo de Estado, Tribunal de Cuentas, Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y al Consejo Fiscal. Exige esta proporción en el Consejo de Ministros, en las comisiones interministeriales, y en el nombramiento de altos cargos de la Administración General del Estado.
Ley 16/1983, de 24 de octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer
- Organismo Autónomo dotado de personalidad jurídica propia para garantizar una respuesta institucional sólida a las reivindicaciones feministas. Asume la competencia en España como organismo encargado de aplicar el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, según las directivas europeas en la materia.
- Amplió progresivamente el permiso del progenitor distinto a la madre biológica hasta equipararse a las 16 semanas. Introdujo la obligación para las empresas de llevar un registro salarial con los valores medios de salarios, complementos y percepciones extrasalariales, desglosados por sexo. Modificó el Estatuto de los Trabajadores para facilitar la conciliación, permitiendo la adaptación y distribución del tiempo de trabajo (incluyendo el teletrabajo).
- Las empresas deben acreditar resultados demostrables y relevantes en la implantación de políticas de igualdad, incluyendo la presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los niveles y órganos de dirección, el diseño de medidas salariales justas, la conciliación y la prevención del acoso. El distintivo tiene una vigencia inicial de tres años y figura en un Registro público. Las empresas galardonadas pueden utilizar el logotipo en sus comunicaciones comerciales y corporativas.
- Su objetivo es garantizar la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de la administración pública del Estado.
- Regula los planes de igualdad y su registro. Establece la obligatoriedad para empresas con 50 o más personas trabajadoras de elaborar y aplicar un Plan de Igualdad, así como su inscripción en el registro correspondiente.
Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
- Establece mecanismos para garantizar la transparencia en las retribuciones y evitar la brecha salarial, incluyendo la obligación de llevar un registro salarial y realizar auditorías retributivas. Todas las empresas, sin importar su tamaño, deben elaborar y mantener actualizado un registro de los salarios, complementos y percepciones extrasalariales de toda su plantilla, incluyendo directivos y altos cargos. Para determinar si los puestos tienen igual valor, se utilizan criterios de adecuación, naturaleza de las funciones, condiciones educativas, profesionales y de capacitación exigidas, además de las exigencias físicas y ambientales.