Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica que forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y que está destinada a garantizar unos ingresos mínimos a los ciudadanos, así como dotar de una especial protección a ciertos colectivos, como a la infancia y a las personas con discapacidad. Su objetivo es mejorar las oportunidades de las personas en su inserción social y laboral.

El Ingreso Mínimo Vital se regula en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre.

  • El Ingreso Mínimo Vital es una prestación que garantiza unos mínimos ingresos a hogares o unidades de convivencia. Por tipología de hogar se establecen unos umbrales mínimos de renta. Si entre todos los miembros de la Unidad de Convivencia sumaron el año fiscal anterior una renta total inferior al umbral que les corresponde y cumplen el resto de los requisitos, tendrán derecho a una prestación económica igual a la diferencia entre este umbral y su renta neta. Esta prestación se les ingresará mensualmente.

    Ejemplo: IMV para un hogar de 2 Adultos y 2 Menores


     

    Si los hogares cumplen una serie de requisitos, tendrán derecho a esta prestación mensual.

    La prestación se actualiza cada año en base a los ingresos del año anterior. Se trata de una prestación viva que se adapta a las circunstancias personales y a los cambios que puedan producirse en cada unidad familiar.

    El Ingreso Mínimo Vital es compatible con el empleo. Para fomentar la inserción laboral, en 2023 se introdujo el incentivo al empleo que hace que un tramo de los nuevos ingresos laborales no repercutan negativamente en la cuantía de la prestación. Para más información accede a la web de la Seguridad Social.

  • El Ingreso Mínimo Vital se conforma como una ayuda a nivel de unidad de convivencia, es decir, personas que viven en el mismo domicilio y que tienen un vínculo familiar.

    Los principales requisitos son:

    1. Tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante el último año.
    2. Tener renta y patrimonio por debajo de ciertos umbrales.
    3. Que la unidad de convivencia esté formada desde hace al menos seis meses.
    4. El titular de la prestación debe tener al menos 23 años.
    5. No ser administrador de una sociedad mercantil.

    Además de estos requisitos generales, existen requisitos adicionales, así como excepciones a los mismos.

    Es necesario cumplir los requisitos tanto en el periodo de referencia que marca la solicitud como durante el tiempo de la percepción de la prestación.

    Las personas beneficiarias están obligadas a comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación de la prestación.

  • La unidad de convivencia está formada por todas las personas que viven en el mismo domicilio y que están unidas: por matrimonio; por pareja de hecho (formalizada desde hace al menos 2 años y con una convivencia desde hace al menos 5 años); por tener un vínculo familiar de hasta segundo grado (ejemplo: padres, suegros, hijos, yernos, hermanos, cuñados, abuelos y nietos); o por tener una relación en virtud de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

    En caso de convivientes que no tengan un vínculo familiar de hasta segundo grado ni tengan una relación con otras personas con las que conviven podrán ser titulares de la prestación si se encuentran en riesgo de exclusión social y para lo que los servicios sociales competentes
    expedirán un certificado.

  • Para poder recibir el Ingreso Mínimo Vital o alguno de sus complementos es necesario que la renta y patrimonio de la Unidad de Convivencia en su conjunto no supere ciertos umbrales. 
    En el momento de la solicitud o revisión se valorará si la renta y el patrimonio neto del conjunto del hogar durante el año fiscal anterior es inferior a estos umbrales. 
    La siguiente tabla muestra los niveles máximos de renta de la unidad de convivencia para ser elegible para el Ingreso Mínimo Vital. Para optar únicamente al Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) los límites de renta son más amplios. 
    El umbral de renta es también el nivel de renta garantizada que tendrán las unidades de convivencia, recibiendo como prestación en concepto de Ingreso Mínimo Vital la diferencia entre este umbral y sus ingresos. 

    Cuantías 2025

    LÍMITE DE INGRESOS PARA PERCIBIR EL IMV

    UNIDAD DE CONVIVENCIA Ingresos mensuales (€/mes) Ingresos anuales (€/año)

    Un adulto solo

    659

    7.906

    Un adulto y un menor

    856

    10.278

    Un adulto y dos menores

    1.054

    12.649

    Un adulto y tres menores

    1.252

    15.021

    Un adulto y cuatro o más menores

    1.449

    17.393

    Dos adultos

    856

    10.278

    Dos adultos y un menor

    1.054

    12.649

    Dos adultos y dos menores

    1.252

    15.021

    Dos adultos y tres o más menores

    1.449

    17.393

    Tres adultos

    1.054

    12.649

    Tres adultos y un menor

    1.252

    15.021

    Tres adultos y dos o más menores

    1.449

    17.393

    Cuatro adultos

    1.252

    15.021

    Cuatro adultos y un menor

    1.449

    17.393

    Otros

    1.449

    17.393


    Algunas prestaciones e ingresos están exentos del cómputo de renta y patrimonio. Puedes consultar en la web de la Seguridad Social las reglas detalladas para el cómputo de ingresos y de patrimonio.

  • La cuantía a percibir en concepto de Ingreso Mínimo Vital será la diferencia entre la renta garantizada y los ingresos de las personas que formen la unidad de convivencia. 
    Además de las cuantías indicadas se abonará mensualmente un Complemento de Ayuda para la Infancia (CAPI) por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia. 

  • El cambio en las circunstancias personales de la persona beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital, o de alguno de los miembros de la unidad de convivencia, podrá suponer la modificación de la cuantía de la prestación económica mediante la revisión correspondiente por el INSS. La cuantía de la prestación se actualizará con efectos del día 1 de enero de cada año.

  • Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital hay dos opciones:

    • Si no dispone de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve podrá utilizar el servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para su solicitud sin certificado. Además, deberá adjuntar sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud. 
    • Si dispones de certificado electrónico o usuario y contraseña en Cl@ve lo puedes solicitar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social y seleccionando el método de autenticación. Tiene la opción de utilizar este servicio con la ayuda de una persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante.

    En este video tutorial te explicamos cómo solicitarlo. 
     

  • El 1 de enero de 2023 entró en vigor el incentivo al empleo del Ingreso Mínimo Vital. 

    Es un mecanismo que garantiza que aquellos titulares del Ingreso Mínimo Vital que se incorporen al mercado de trabajo incrementen su renta disponible.

    Para ilustrarlo, pongamos un ejemplo. Consideremos una unidad de convivencia que cobra una prestación de 500€ al mes por Ingreso Mínimo Vital. Supongamos que el beneficiario aumenta sus ingresos laborales por un valor de 100€ al mes. Antes de la entrada en vigor del incentivo al empleo, la cuantía de su prestación hubiese disminuido en 100 €, de manera que hubiese pasado a cobrar 400€ de Ingreso Mínimo Vital y su renta total disponible no hubiese aumentado. Con la entrada en vigor del incentivo al empleo, la prestación no disminuye y seguiría cobrando los 500€ de prestación y sus nuevos ingresos laborales de 100€. 

    Con el incentivo del empleo, los incrementos de la renta inferiores al 60% de la renta garantizada para la Unidad de Convivencia a la que corresponda no afectarán a la cuantía de la prestación. 

    Supongamos que el ejemplo anterior corresponde a una unidad de convivencia de dos adultos y dos menores. Esta unidad tiene para 2025 una renta garantizada de 1252€ mensuales. Incrementos en sus ingresos respecto al año anterior inferiores a 751€, es decir el 60% de su renta garantizada, no conllevaran una reducción a su prestación. Incrementos en sus ingresos entre 751€ y 1252€ conllevarán una reducción en su prestación en función de la cuantía del incremento, de si los adultos de la unidad de convivencia trabajaban antes o no, así como de otras características del hogar.      

    Si percibes el Ingreso Mínimo Vital, en este simulador puedes comprobar la variación de la cuantía en caso de que haya cambios en tus ingresos por trabajo. 

PREGUNTAS FRECUENTES

  • Sí, es compatible con otros ingresos tanto si trabajas por cuenta ajena como si eres trabajador autónomo mientras no superes el importe de la renta garantizada.

    Lo mejor es verlo con un ejemplo: si un hogar de dos adultos y un menor tiene derecho a 1054 euros y sus ingresos mensuales son de 300 euros, la prestación mensual que recibirá sería de 754 euros para completar esa renta.

    Además, para calcular la renta garantizada, no cuentan las ayudas para el estudio; las ayudas para la vivienda, tanto para alquiler como adquisición; ni la pensión de alimentos a favor de los hijos.

  • Tienes que saber si tus ingresos anuales superan la renta garantizada anual. La situación de vulnerabilidad se determina teniendo en cuenta los ingresos que percibiste el año pasado.  También lo puedes solicitar si durante el tiempo transcurrido del año actual se han obtenido ingresos que, en términos anuales, estarían por debajo de esta cifra. En estos casos, cuando se tengan los datos de todo el año se llevará a cabo un ajuste de la prestación en función de los ingresos reales.
     

  • El Ingreso Mínimo Vital tiene carácter indefinido, lo puedes seguir recibiendo mientras sigas cumpliendo los requisitos. La Seguridad Social se encarga de comprobar de manera regular que tú o tu unidad familiar seguís cumpliendo los requisitos de la prestación.

  • Es un pago mensual y se recibe por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación.

INSTRUMENTOS DE APLICACIÓN

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Ingreso Mínimo Vital

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda
que da el Gobierno de España
a todas las personas que no tienen
suficiente dinero para vivir.
Con esta ayuda, el Gobierno quiere proteger
a algunos grupos de personas,
como la infancia
o las personas con alguna discapacidad.

El Ingreso Mínimo Vital quiere mejorar
las oportunidades de todas las personas
para encontrar trabajo
y participar en la sociedad.

Hay una ley que explica
cómo funciona el Ingreso Mínimo Vital.
Puedes leer la ley completa aquí:

¿Cómo funciona el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital asegura
unos ingresos mínimos cada mes
a las personas o unidades de convivencia
que lo necesitan.

Para cobrar el Ingreso Mínimo Vital
tú o tu unidad de convivencia debéis ganar menos
de cierta cantidad de dinero
y cumplir unas condiciones.

Si cumples las 2 cosas,
puedes recibir la ayuda cada mes.
La cantidad que recibirás cambia,
dependiendo del tipo de unidad de convivencia
en el que vivas
y la cantidad de dinero que ganes al año.

Cada año se revisa la cantidad
de la ayuda que vas a recibir,
según cuánto ganaste tú
o tu unidad de convivencia el año anterior.
Por ejemplo, el año anterior de 2025 es 2024.

Se puede trabajar
y recibir el Ingreso Mínimo Vital a la vez,
siempre que no superes
el máximo de ingresos que está establecido.

¿Qué condiciones debo cumplir
para cobrar el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda
para personas o unidades de convivencia.

Las condiciones generales que hay que cumplir
para cobrar esta ayuda son:

  • Vivir en España de forma legal
    desde hace más de 1 año.
  • Ganar menos dinero
    y tener menos patrimonio
    de lo que marca la ayuda.
  • Que tu unidad de convivencia viva junta
    desde hace más de 6 meses.
  • La persona que pide la ayuda
    debe ser mayor de 23 años.
  • La persona que pide la ayuda
    no puede ser administradora
    de una empresa.

Además de estas condiciones generales,
hay otras condiciones especiales
que hay que cumplir.
También hay algunas excepciones.
Puedes leerlas todas en este enlace:

Debes cumplir estas condiciones
cuando pidas la ayuda
y durante el tiempo que la estés cobrando.
Si tu situación personal
o la situación de alguna de las personas
de tu unidad de convivencia cambia, debes avisar a
la Seguridad Social
para volver a calcular la ayuda
que vas a recibir.

¿Qué es la unidad de convivencia?

Una unidad de convivencia son personas
que viven juntas y que son familia.

Pueden ser:

  • Parejas casadas.
  • Parejas de hecho
    Las parejas de hecho deben serlo
    desde 2 años antes de pedir la ayuda.
    También deben vivir juntas
    desde hace más de 5 años.
  • Padres o suegros.
  • Hijos o yernos.
  • Hermanos o cuñados.
  • Abuelos o nietos.
  • Menores adoptados o acogidos.

Si vives con personas
que no son de tu familia,
también puedes pedir la ayuda.
Para eso, los servicios sociales
te harán un certificado que diga
que esas personas no son de tu familia.

¿Cuáles son los ingresos
y el patrimonio máximo
que puedo tener para pedir la ayuda?

Para recibir el Ingreso Mínimo Vital
hay unos ingresos netos máximos
que podéis tener en tu unidad de convivencia.

También hay un patrimonio máximo
que podéis tener entre todos.

  • Si el año anterior superaste
    los ingresos netos máximos
    o el patrimonio máximo establecidos
    no podrás cobrar la ayuda.
  • Si el año anterior no superaste
    el ingresos netos máximo,
    ni el patrimonio máximo establecido
    cobrarás la ayuda.

    La cantidad que cobrarás será la diferencia
    entre vuestros ingresos,
    si los tenéis,
    y los ingresos máximos establecidos
    según el tipo de unidad de convivencia
    que tengáis.

Los ingresos máximos que podéis tener
en tu unidad de convivencia
dependen de cuántas personas seáis.

A continuación
puedes ver los ingresos máximos al mes y al año 2025
por tipo de unidad de convivencia:

  • Los ingresos máximos serán
    de 659 euros al mes
    o 7 mil 906 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de 856 euros al mes
    o de 10 mil 278 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 54 euros al mes
    o de 12 mil 649 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 252 euros al mes
    o de 15 mil 21 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 449 euros al mes
    o de 17 mil 393 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de 856 euros al mes
    o 10 mil 278 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 54 euros al mes
    o 12 mil 649 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 252 euros al mes
    o 15 mil 21 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 449 euros al mes
    o 17 mil 393 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 54 euros al mes
    o 12 mil 649 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 252 euros al mes
    o 15 mil 21 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 449 euros al mes
    o 17 mil 393 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 252 euros al mes
    o 15 mil 21 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 449 euros al mes
    o 17 mil 393 euros al año

  • Los ingresos máximos serán
    de mil 449 euros al mes
    o 17 mil 393 euros al año

El Complemento de Ayuda a la Infancia no tienes que pedirlo por separado.
Cuando solicitas el Ingreso Mínimo Vital
la Seguridad Social también revisa
si cumples las condiciones
para recibir el Complemento de Ayuda a la Infancia.

Para recibir el Complemento de Ayuda a la Infancia,
los ingresos máximos que podéis tener
son un poco más altos.

Hay algunas ayudas o partes del patrimonio
que no se tienen en cuenta
para calcular cuánto tenéis.
En este enlace puedes ver
las normas detalladas para calcular
los ingresos y el patrimonio
de tu unidad de convivenicia:

¿Qué cantidad de dinero
puedo recibir con la ayuda?

El Gobierno establece una cantidad
que todas las personas
deben tener para poder vivir.
Esa cantidad se llama
Renta Garantizada.

Lo que cobrarás será la diferencia
entre lo que ganáis en tu unidad de convivencia
y esa Renta Garantizada.

Por ejemplo, si en tu unidad de convivencia
sois 2 adultos y 2 menores,
la Renta Garantizada son mil 252 euros al mes.

Si entre todos solo ganáis 600 euros,
la ayuda será de 652 euros al mes,
para que lleguéis a la Renta Garantizada.


 

¿Puede cambiar la cantidad de dinero
que recibo de la ayuda?

La cantidad de dinero de la ayuda
se calcula según tu situación personal.
Si tu situación personal o la de alguna persona
de tu unidad de convivencia cambia,
habrá que calcular la ayuda de nuevo.

Cada año, el 1 de enero,
se vuelve a calcular la cantidad
de la ayuda que recibirás.

¿Cómo puedo pedir
el Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital se pide por internet
o de forma presencial.

Hay 2 formas de pedir el Ingreso Mínimo Vital
por internet:

  • Si tienes un certificado digital
    o usas la aplicación Cl@ve:
    Puedes rellenar la solicitud
    y enviar todos los documentos
    que hacen falta en este enlace:

    Solicitar IMV con certificado digital o Cl@ve
    (¡Importante! La información del enlace
    no está en Lectura Fácil).

    También puede pedirlo por ti
    una persona que tenga certificado digital
    o use la aplicación Cl@ve.

  • Si no tienes un certificado digital
    ni usas la aplicación Cl@ve:
    Puedes rellenar la solicitud
    y enviar todos los documentos
    que hacen falta en este enlace:

    Solicitar IMV sin certificado digital o Cl@ve
    (¡Importante! La información del enlace
    no está en Lectura Fácil).

Puedes ver este vídeo
para saber cómo se pide la ayuda:

Para pedir el Ingreso Mínimo Vital
de forma presencial puedes ir
a las oficinas del CAISS.
CAISS son las primeras letras de las palabras
Centro de Atención e Información de la Seguridad Social.
donde se realizan trámites
que tienen que ver con pensiones,
prestaciones
y otros servicios.

¿Qué es el incentivo al Empleo?

Un incentivo es una recompensa
que se da a alguien por hacer algo.

Desde el año 2023, hay un incentivo
para las personas que cobran
el Ingreso Mínimo Vital
y que empiecen a trabajar.

El incentivo consiste en que una parte
de lo que ganas trabajando
no se cuente al calcular tus ingresos.
Así, tienes más dinero disponible.

La cantidad de dinero que no se cuenta
en los ingresos será el 60%
de la Renta Garantizada.

Por ejemplo, si en tu unidad de convivencia
sois 2 adultos y 2 menores,
la Renta Garantizada son mil 252 euros al mes
o 15 mil 21 euros al año.
El 60% de la Renta Garantizada son 751 eurosal mes
o 9 mil 12 euros al año.

Si uno de los adultos empieza a trabajar
y gana menos 751 euros al mes
o 9 mil 12 euros al año,
no se contarían como ingresos
y recibiría la ayuda completa,
igual que antes de encontrar trabajo.

Sin embargo, si ganara más de 751 euros
al mes o 9 mil 12 euros al año
habría que volver a calcular la ayuda.

El incentivo al empleo se calcula
sobre el aumento en los ingresos
del año anterior.
Por ejemplo, el incentivo al empleo
en 2025 se calcula teniendo en cuenta
el aumento en los ingresos de 2024 respecto
a los ingresos de 2023.

El incentivo al empleo se aplica
anualmente.

En este enlace puedes calcular
cuánto cambiaría la ayuda
si empezases a trabajar:

Preguntas frecuentes

  1. ¿Puedo pedir el Ingreso Mínimo Vital
    si tengo ingresos?

    Sí, puedes pedirlo.
    No importa si trabajas para otras personas
    o si eres autónomo.
    Lo importante es que no ganes más
    que la Renta Garantizada.

    Por ejemplo, si en tu unidad de convivencia
    sois 2 adultos y 1 menor,
    la Renta Garantizada son mil 54 euros al mes.

    Si ingresas 300 euros al mes,
    la ayuda será de 754 euros al mes,
    para que lleguéis a la Renta Garantizada.

    Además, para calcular tus ingresos
    hay algunas cosas que no cuentan.
    Por ejemplo:

  2. ¿Cómo calculo mis ingresos
    para saber si puedo pedir
    el Ingreso Mínimo Vital?

    Lo más importante es saber
    que tus ingresos netos no superan
    la Renta Garantizada.
    Para saberlo, se tienen en cuenta
    todos tus ingresos netos del año pasado.

    También puedes pedir la ayuda
    si tus ingresos netos de este año
    están por debajo de la Renta Garantizada.
    Luego, al acabar el año,
    se comprobará cuánto ganaste
    y se ajustará la cantidad de la ayuda.

  3. ¿Durante cuánto tiempo
    puedo cobrar el Ingreso Mínimo Vital?

    El Ingreso Mínimo Vital no caduca.
    Podrás seguir cobrándolo
    mientras cumplas las condiciones para ello.

    La Seguridad Social comprueba
    cada cierto tiempo que tú o tu unidad de convivencia
    seguís cumpliendo los requisitos.

  4. ¿Cómo se paga la ayuda?

    Se paga cada mes
    a través de tu cuenta del banco.
    Es importante que la cuenta bancaria
    esté a nombre de la persona
    que ha pedido la ayuda.

    Si quieres más información
    pincha en este enlace para ir a la página web
    del Ingreso Mínimo Vital:
    (Importante
    La información del siguiente enlace
    no está en Lectura Fácil).
    https://www.inclusion.gob.es/web/inclusion/ingreso-minimo-vital/que-es

Palabras que debes conocer

Unidad de convivencia

Personas de tu familia que viven contigo.

Patrimonio

Conjunto de bienes o cosas de valor que tiene una persona.

Parejas de hecho

Parejas que viven juntas y que no se han casado,
pero se han apuntado en un registro.

Desahuciado

Cuando una persona queda fuera de la
sociedad y no puede participar.

Certificado digital

Es un DNI digital
para hacer trámites y firmar documentos.

Cl@ve

Es una aplicación del Gobierno
para hacer trámites en internet.

Pensión de alimentos

Es el dinero que paga
cada mes el padre o madre
de los hijos
después de un divorcio.
Ese dinero sirve para cubrir los gastos
de los menores.

Administradora

Es la persona que se encarga
de dirigir una empresa
y tomar decisiones importantes.
Por ejemplo:

  • Decide cómo se gasta el dinero.
  • Organiza el trabajo.
  • Firma documentos.

Es quien representa a la empresa ante
otras personas o instituciones.

Seguridad Social

La Seguridad Social
es un servicio público
que tiene el Estado
para dar ayudas económicas a las personas
en diferentes momentos de su vida.
Por ejemplo, el ingreso mínimo vital,
la jubilación o las bajas médicas.
Esto lo hace a través
del Instituto Nacional
de la Seguridad Social o INSS.

Ingresos netos

Son los ingresos que recibes
una vez que te hayan quitado
los impuestos y el dinero
que estás obligado a pagar
a la Seguridad Social cuando trabajas.
Este dinero se llama
cotizaciones a la Seguridad Social.