Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social

Somos un cuerpo superior que ejerce el control interno (función interventora, control financiero y auditoría pública) de la gestión económico-financiera del sistema de la Seguridad Social, así como la dirección y gestión de la contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.


Entre nuestras funciones, se encuentra la auditoría pública de las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y Empresas colaboradoras, así como el control financiero permanente de subvenciones y fondos comunitarios y la auditoría de los sistemas informáticos.

Nosotros controlamos un presupuesto de ingresos y de gastos cercano a los 210.000 millones de euros.


Como responsables del control interno de los recursos del sistema de Seguridad Social somos conscientes del gran reto que tenemos por delante, ¿te apetece participar en él?


PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Cerrado

Requerimientos

Titulación

Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

Proceso

  • Primer ejercicio: resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un cuestionario de 25 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario de Derecho Civil y Mercantil y Economía General y de la Empresa que figura en el anexo II. Este ejercicio será corregido por el Tribunal.

    Se recoge la reserva de nota para quienes obtengan el 50% de la calificación máxima prevista en el primer ejercicio.

  • Segundo ejercicio: resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un máximo de tres casos prácticos de Contabilidad y Matemática Financiera, según temario que figura en el anexo II. Este ejercicio será corregido por el Tribunal.

    Se recoge la reserva de nota para quienes obtengan el 50% de la calificación máxima prevista en el segundo ejercicio.

  • Tercer ejercicio: resolución, por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un máximo de tres casos prácticos de Contabilidad Superior, según temario que figura en el anexo II. Este ejercicio será corregido por el Tribunal.

    Se recoge la reserva de nota para quienes obtengan el 50% de la calificación máxima prevista en el tercer ejercicio.

  • Cuarto ejercicio: Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación:

    • Modalidad presencial: Traducción de un texto del idioma elegido al castellano y contestación, en el idioma elegido, a las preguntas que se formulen en dicho idioma. Se realizará por escrito y sin diccionario y su duración no podrá exceder de dos horas.
    • Modalidad de acreditación mediante titulación del conocimiento de inglés o francés equivalente a B2 o superior, de acuerdo con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas (MCER) establecidos en las bases.
  • Quinto ejercicio: consistirá en la exposición oral durante una hora en sesión pública de cuatro temas, elegidos por sorteo, de las siguientes materias: «Derecho Comunitario, Constitucional, Administrativo y Tributario» (1 tema), «Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad de la Seguridad Social»(1 tema), y «Derecho del Trabajo y Seguridad Social» (2 temas)


  • Exámenes de Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de OEP anteriores

    OEP 2024

    OEP 2023

    OEP 2021-2022

Índice de temario

Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Subsecretaría y publicada en BOE (ver Anexo).

Calendario previsto

5 exámenes en 9 meses

¿Cuándo empieza?

El primer ejercicio se celebra aproximadamente a los 3 meses desde la publicación de la convocatoria en el BOE.

¿Cuánto tiempo tengo entre exámenes?

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo máximo de 45 días.